Caldas de Reis  (Pontevedra)

        12/11/2018

 

Sra. Cecilia Wikström

Presidenta de la Comisión de Peticiones

B-1047

Bruselas                                                                                                                   

 

 

Estimada Sra.:

 

No resulta fácil comenzar este escrito porque en él debemos censurar la actuación de esa Comisión por la falta de diligencia o interés en el caso que vamos a citar, lo cual, unido al desprecio absoluto de las leyes por parte de nuestras autoridades, ha permitido que veinte años despues de haber planteado una queja por infracción de la normativa europea nos encontremos con un río herido de muerte y convertido en un riesgo para la salud de los miles de ciudadanos de los ocho Ayuntamientos por los que discurre el el rio Umia, amén de los daños en la fauna y flora de su hábitat.

 

Cuando hace 20 años nos dirigimos a esa institución lo hacíamos en la confianza de que la Unión Europea, haciendo respetar su propia normativa ambiental, paralizaría el proyecto. Pero no fue así y se han cumplido los peores augurios.

 

Comprenderá Vd. la indignación, impotencia y frustración que sentimos por todo lo ocurrido desde que en 1996 la Xunta de Galicia aprobara el proyecto de construcción del embalse de A Baxe, en el río Umia, con la excusa de que era para abastecimiento de agua y regulación del río, cuando en realidad era única y exclusivamente para aprovechamiento hidroeléctrico, y porque, a pesar de nuestra lucha recurriendo a todas las instituciones, incluída esa Comisión, no conseguimos evitar el desastre.

 

En el año 1998 el Umia era uno de los ríos mejor conservados de Galicia. Así lo certificó la Xunta de Galicia en la Declaración de Impacto Ambiental publicada en 1996, donde declaraba la calidad del agua como “buena o muy buena”. En la actualidad es “tóxica”.

 

Es de señalar que la desembocadura del Umia es una zona especialmente protegida por dos Directivas comunitarias, la 92/43/CEE, sobre preservación de los espacios naturales más importantes de Europa, que el Estado español y la Comunidad Autonóma de Galicia incluyen en la Red Natura 2000, por figurar en el listado de humedales de importancia internacional (RAMSAR), y por la Directiva de 79/409/CEE, como zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

 

El estudio de impacto ambiental del proyecto, al que más adelante nos referiremos, no dedica ni una sola línea a dichas Directivas.

 

 

Asimismo, en ningún momento se pronuncia el proyecto sobre otro aspecto de vital importancia, como lo es el hecho de la influencia que pueda tener en el futuro el embalse sobre el sector del marisqueo de la Ría de Arousa, fundamental para la economía de la zona.

 

También debemos señalar que los tribunales españoles, a los que por supuesto acudimos, anularon el Decreto de la Xunta de Galicia en lo referido a la urgencia de ocupación de las tierras anegadas, ya que no se justificaba en ningún momento la necesidad de abastecimiento de agua a la Comarca del Salnés, razón alegada para la construcción del embalse. El Tribunal Supremo dictaminó, al igual que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que el Decreto de la Xunta estaba “huérfano de motivación”.   Sin embargo, la lentitud de la justicia española, que se pronunció una vez concluída la obra, devino inútil aquella sentencia.  Fué ilegal la ocupación de las tierras por el procedimiento de urgencia y no se justificaba el embalse para abastecimiento de agua, pero la obra se había consumado y la explotación hidroeléctrica estaba en marcha desde hacía casi dos años.

 

Al cúmulo de irregularidades de todo tipo hay que sumar que en el año 2006 expertos de la Universidad de Santiago de Compostela con el Dr. Fernando Cobo Gradín al frente, detectaron en el río la presencia de la cianobacteria Microcystis Aeruginosa, que puede producir una toxina conocida como microcistina, perjudicial en extremo para la salud humana y de los animales, con consecuencias que van desde los problemas cutáneos hasta enfermedades hepáticas.

 

Ya en aquella fecha el Ayuntamiento hubo de abastecer de agua a los vecinos a través de camiones cisterna. Ahora, doce años después, las autoridades siguen sin adoptar las medidas precisas que entendemos no pueden ser otras que liberar al río de aquella actividad privada.

 

Como señalábamos, en el año1998 esa Comisión admitió nuestra queja  (Petición nº 79/1998), siendo presidente el Sr. Nino Gemelli, que llegó a recibir a dos representantes de este colectivo en la sede de la Comisión, y continuó tramitándola hasta el año 2005, comunicándosenos incluso por  parte de la Sra. Margot Wallström, de la Comisión Europea, que se había abierto un caso de oficio con objeto de investigar los hechos denunciados y que  el caso estaba siendo objeto de instrucción por los servicios de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión.  (Acompañamos copia).

 

Toda la documentación que enviamos a la Comisión demostraba que no se había realizado el preceptivo estudio de impacto ambiental. Al contrario, el que formaba parte del proyecto estaba referido a un embalse de la comunidad autonóma andaluza, en la provincia de Huelva, al otro extremo de la Península Ibérica. También demostrábamos que en el río Umia, en aquél momento, aún existían en buen estado varias especies protegidas e incluso en peligro de extinción como la Margaritifera Margaritiferae o perla de río, habiendo sido certificado este extremo por el Servicio del SEPRONA en Pontevedra en documento que se remitió a esa Comisión.

 

El 25 de abril de 2005 se nos informó por última vez que  la Comisión había decidido incoar un procedimiento de infracción contra España.de conformidad con el articulo 226 del Tratado CE, manifestando que “…próximamente los servicios de la Comisión y las autoridades españolas celebrarán una reunión técnica con elo fin de debatir y aclarar las diferentes cuestiones relativas a este proyecto de embalse, sus efectos sobre el medio ambiente y las diferentes acciones emprendidas por las autoridades españolas …”.  Finalizaba el escrito informando que  “El importe declarado correspondiente al proyecto “Obras regulación e defensa no rio Umia” (6466318,02 euros) se ha retirado de la declaración de gastos y el pago correspondiente se retendrá hasta que finalice el procedimiento de infracción 1999/2271 relativo a este expediente”. ( Se acompaña copia).

 

Se haría demasiado extenso detallar aquí todas las acciones que emprendimos y ante cuantos foros o instancias para intentar paralizar la aberrante obra.  De todo ello se informó puntualmente a esa Comisión en la tramitación del expediente y consta en el expediente nº 79/98.

 

 

Por todo lo relatado, es por lo que le solicitamos:

 

Primero.-   La reapertura del expediente nº 79/98 a fin de que las autoridades competentes adopten con el carácter de urgencia las medidas precisas para la recuperación integral del río, mediante el desmantelamiento de  la explotación hidroeléctrica, anteponiendo así los intereses generales al interés particular.

 

Segundo.-  Que, entre tanto, una representación de esa Comisión se desplace a Caldas de Reis, a fin de comprobar “in situ” el estado actual del río y la ausencia de medidas de recuperación y regeneración por parte de las autoridades encargadas de velar por la salud y la preservación de los recursos naturales, muy especialmente por el agua de abastecimiento a poblaciones.

 

Acompañamos un somero reportaje fotográfico en el que puede apreciarse el estado del río antes y después de la construcción del embalse.

 

Como reflexión final únicamente añadir que si en algún momento los miembros de ese Parlamento europeo se han preguntado las razones de la baja participación de la ciudadanía en las elecciones europeas, es posible que casos como el del río Umia  tengan algo que ver, en el que se ha infringido groseramente la normativa europea y nada ha ocurrido.

 

En la confianza de que sea esta la ocasión para comprobar que todos, sin distinción, debemos cumplir y hacer cumplir las normas, y que aquel que las incumpla, sea quien sea, responderá de ello, reciba un atento saludo.

 

 

 

Paloma Fernández Nogueira                                                José Luis Boga Fernández

 

 

Santiago Cabrejas López                                                      Francisco Casal Porto

 

 

 

Antonio Devesa Vila                                                              Mª Teresa Devesa Vila                     

 

 

 

Mª Emilia Domínguez Baltar                                                 José Domínguez Baltar                     

 

 

 

Samuel Fariña Pisos                                                             Mª Dolores Ramos Vila                                 

 

                       

 

 

Coordinadora Antiencoro do Umia

 

Enderezo postal: Rúa José Salgado N-4.2 – CP 36650 Caldas de Reis (Pontevedra)

Tlfnos. 630830815  - rioumia@hotmail.com

/elenavaz/index.htm

 

 

 

Fotografías que se adjuntan al escrito.

 

 

Saír.